Ley Federal del Trabajo
Ley Federal del Trabajo
Titulo Quince
Sección Primera
Articulo 948
Articulo 948
Si la negativa a aceptar la sentencia pronunciado por el Tribunal fuere de los trabajadores se dará por terminada la relación de trabajo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 519 fracción III, último párrafo de esta Ley.
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Ley Federal del Trabajo