Ley Federal del Trabajo
Ley Federal del Trabajo
Titulo Catorce
Capitulo IX
Articulo 762
Articulo 762
Se tramitarán como incidentes de previo y especial pronunciamiento las siguientes cuestiones.
I
- Nulidad;
II
- Competencia;
III
- Personalidad;
IV
- Acumulación; y
V
- Excusas.
Volver al Índice de la
Ley Federal del Trabajo