Ley Federal del Trabajo
Ley Federal del Trabajo
Titulo Once
Capitulo IX
Articulo 583
Articulo 583
El Director, los Asesores Técnicos y los Asesores Técnicos Auxiliares, deberán satisfacer los requisitos señalados en el artículo 560. Es aplicable a los Asesores auxiliares lo dispuesto en el artículo 559.
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