La Dirección Técnica se integrará:
- I - Con un Director, nombrado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
- II - Con el número de asesores técnicos que nombre la misma Secretaría; y
- III - Con un número igual, determinado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de Asesores Técnicos Auxiliares, designados por los representantes de los trabajadores y de los patrones. Estos asesores disfrutarán, con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación, de la misma retribución que se pague a los nombrados por la Secretaría.