El contrato-ley contendrá:
- I - Los nombres y domicilios de los sindicatos de trabajadores y de los patrones que concurrieron a la convención;
- II - La Entidad o Entidades Federativas, la zona o zonas que abarque o la expresión de regir en todo el territorio nacional;
- III - Su vigencia, que no podrá exceder de dos años;
- IV - Las condiciones de trabajo señaladas en el artículo 391, fracciones IV, V, VI y IX;
- V - Las reglas conforme a las cuales se formularán los planes y programas para la implantación de la capacitación y el adiestramiento en la rama de la industria de que se trate; y,
- VI - Las demás estipulaciones que convengan las partes.