Ley Federal del Trabajo
Ley Federal del Trabajo
Titulo Sexto
Capitulo III
Articulo 212
Articulo 212
Corresponde a la Inspección del Trabajo vigilar el cumplimiento de las leyes y demás normas de trabajo, atendiendo a las leyes y disposiciones sobre comunicaciones por agua, cuando los buques estén en puerto.
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Ley Federal del Trabajo